Lasempresas cuya actividad principal consiste en el arrendamiento de vivienda, pueden optar al régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda, que se regula en los artículos 48 y 49 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Analizamos a continuación cuales son los requisitos para acogerse a Lamercantil JPSA, en el régimen especial de arrendadores de viviendas y constituida hace 5 años, ha presentado un resultado contable antes de impuestos de 675.000 d En el caso de entidades que desarrollen actividades complementarias a la actividad económica principal de arrendamiento de viviendas, que al menos el 55 por ciento de las rentas del período impositivo, excluidas las derivadas de la transmisión de los inmuebles arrendados una vez transcurrido el período mínimo de mantenimiento a que Bonificacionesaplicables a las entidades arrendadoras de viviendas. En la casilla [00576] «Bonificaciones entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas (Capítulo III Título VII LIS)» de la página 14 del modelo 200, las entidades arrendadoras de viviendas, acogidas a este régimen especial regulado en el Capítulo II del Título VII de la LIS, aplicarán estas Elrégimen especial se concreta en un tipo efectivo de gravamen de un 3,75%, sobre las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas, en lugar del 25% previsto con Serealiza consulta sobre los efectos que produciría la adquisición por parte de sociedad acogida al régimen especial de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) de otra que viene aplicando el régimen fiscal especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas de la Ley Paraacogerse al Régimen Especial Concertado se debe poseer cinco ó más contratos de arrendamiento cuya suma de las fianzas sea igual o superior a 6.000 €, y que de forma voluntaria, deseen acogerse a él para su mayor comodidad. Larespuesta es no, no estaría exento de IVA. Como hemos visto previamente, un arrendamiento estará exento de IVA únicamente cuando el alquiler esté destinado de manera exclusiva como vivienda. Por tanto, en caso de que una persona esté alquilando un inmueble como vivienda y despacho al mismo tiempo, no habrá exención Elrequisito previsto en la letra d) del artículo 53.1 del TRLIS debe interpretarse en el sentido de que, para el cómputo de ese “al menos 55% de las rentas computadas por el obligado tributario en su base imponible del Impuesto sobre Sociedades,: 1) deben tenerse en cuenta todos los ingresos que integren la base Listabaremada de solicitantes: la relación baremada de solicitantes cuya solicitud ha tenido entrada en el Instituto antes del día 15 de diciembre de 2023. Lista de solicitantes no incluidos y excluidos. Oferta mensual de viviendas: número de viviendas militares, por localidad, que se ofrecerán a los solicitantes en el mes de enero. .

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